Condiciones generales de venta de Meku Metal Processing GmbH
§1 Generalidades - Ámbito de aplicación
Nuestras Condiciones Generales de Venta se aplicarán exclusivamente; no reconocemos ninguna condición del cliente que entre en conflicto con nuestras Condiciones Generales de Venta o se desvíe de ellas, a menos que hayamos acordado expresamente su validez por escrito. Nuestras Condiciones Generales de Venta también se aplicarán si realizamos la entrega al cliente sin reservas a sabiendas de las condiciones del cliente que entren en conflicto con nuestras Condiciones Generales de Venta o se desvíen de ellas.
Nuestros Términos y Condiciones de Venta sólo se aplicarán a los empresarios en el sentido de la Sección 310 (1) BGB.
Nuestros Términos y Condiciones de Venta también se aplicarán a todas las transacciones futuras con el cliente.
§ 2 Oferta - Celebración del contrato
Si el pedido debe calificarse como oferta de conformidad con el artículo 145 del Código Civil alemán (BGB), podremos aceptarlo por escrito en el plazo de dos semanas, a menos que hayamos acordado expresamente un plazo vinculante diferente en nuestra oferta.
La relación jurídica entre nosotros y el cliente se regirá exclusivamente por el contrato de compraventa celebrado por escrito, incluidas las presentes Condiciones Generales de Venta. Éstas reflejan íntegramente todos los acuerdos entre las partes contratantes sobre el objeto del contrato. Las promesas verbales hechas por nosotros antes de la celebración del contrato no son jurídicamente vinculantes y los acuerdos verbales entre las partes contratantes son sustituidos por el contrato escrito.
Las adiciones y modificaciones de los acuerdos celebrados, incluidas las presentes Condiciones Generales de Venta, deberán realizarse por escrito para que sean válidas. La telecomunicación, en particular por fax o correo electrónico, es suficiente para cumplir el requisito de la forma escrita, siempre que se transmita una copia de la declaración firmada.
Nos reservamos los derechos de propiedad y de autor sobre ilustraciones, dibujos, cálculos y otros documentos. Esto también se aplica a los documentos escritos que lleven la indicación "confidencial". El cliente necesita nuestro consentimiento expreso por escrito antes de transmitirlos a terceros.
§ 3 Precios - Condiciones de pago
Salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, nuestros precios son "franco fábrica", excluido el embalaje; éste se facturará por separado.
El impuesto sobre el valor añadido legal no está incluido en nuestros precios; se indicará por separado en la factura al tipo legal vigente el día de la facturación.
La deducción de un descuento requiere un acuerdo especial por escrito.
Salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, el precio de compra neto (sin deducciones) deberá abonarse en un plazo de 30 días a partir de la fecha de facturación. Se aplicarán las disposiciones legales relativas a las consecuencias de la demora en el pago.
El cliente sólo tendrá derecho a compensación si sus contrademandas han sido legalmente establecidas, son indiscutibles o han sido reconocidas por nosotros. Además, el cliente estará autorizado a ejercer un derecho de retención en la medida en que su contrademanda se base en la misma relación contractual.
Estaremos autorizados a ejecutar o prestar los suministros o servicios pendientes sólo contra pago anticipado o constitución de garantía si, tras la celebración del contrato de compra, tenemos conocimiento de circunstancias que puedan reducir significativamente la solvencia del cliente y que pongan en peligro el pago de nuestras reclamaciones pendientes por parte del cliente derivadas de la relación contractual.
§ 4 Plazo de entrega
El inicio del plazo de entrega indicado por nosotros está sujeto a la aclaración de todas las cuestiones técnicas.
El cumplimiento de nuestra obligación de entrega presupone también el cumplimiento en tiempo y forma de la obligación del cliente. Queda reservada la excepción de incumplimiento del contrato.
Si el cliente se demora en la aceptación o incumple culpablemente otras obligaciones de cooperación, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por nosotros a este respecto, incluidos los gastos adicionales. Quedan reservados otros derechos o reclamaciones.
Si se cumplen las condiciones del apartado (3), el riesgo de pérdida fortuita o deterioro fortuito del objeto de compra se transmitirá al cliente en el momento en que éste incurra en demora en la aceptación o en demora del deudor.
Seremos responsables de conformidad con las disposiciones legales en la medida en que el contrato de compra subyacente sea una transacción para la entrega en una fecha fija en el sentido del artículo 286 (2) nº 4 del BGB o del artículo 376 del HGB. También seremos responsables de conformidad con las disposiciones legales si, como resultado de un retraso en la entrega del que somos responsables, el cliente tiene derecho a afirmar que su interés en el cumplimiento posterior del contrato ha dejado de existir.
También seremos responsables conforme a las disposiciones legales si el retraso en la entrega se debe a un incumplimiento del contrato intencionado o por negligencia grave del que seamos responsables; la culpa de nuestros representantes o auxiliares ejecutivos se nos atribuirá a nosotros. Si el retraso en la entrega se debe a un incumplimiento del contrato por negligencia grave del que somos responsables, nuestra responsabilidad por daños y perjuicios se limitará a los daños previsibles y típicos.
También seremos responsables de acuerdo con las disposiciones legales si el retraso en la entrega del que somos responsables se debe al incumplimiento culpable de una obligación contractual material; en este caso, sin embargo, nuestra responsabilidad por daños y perjuicios se limitará a los daños previsibles y típicamente ocurridos.
Quedan reservados otros derechos y reclamaciones legales del cliente.
§ 5 Transferencia del riesgo - costes de embalaje
Salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, se acuerda la entrega "en fábrica". Los gastos de envío "en fábrica" correrán a cargo del cliente.
Si el cliente lo desea, cubriremos la entrega con un seguro de transporte; los gastos ocasionados a este respecto correrán a cargo del cliente.
§ 6 Responsabilidad por defectos
Las reclamaciones por defectos por parte del cliente presuponen que éste ha cumplido debidamente sus obligaciones de inspeccionar la mercancía y notificar los defectos de conformidad con el artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB).
En caso de defecto en el objeto de compra, el cliente tendrá derecho a elegir entre el cumplimiento posterior en forma de subsanación del defecto o la entrega de un nuevo objeto libre de defectos. En caso de subsanación del defecto o de entrega de sustitución, estamos obligados a correr con todos los gastos necesarios para el cumplimiento posterior, en particular los gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y material, en la medida en que éstos no se vean incrementados por el hecho de que el objeto de compra haya sido trasladado a un lugar distinto del lugar de cumplimiento.
Si falla el cumplimiento posterior, el cliente tendrá derecho, a su elección, a exigir la rescisión o una reducción del precio.
En caso de defectos en artículos o componentes de otros fabricantes que no podamos subsanar por motivos de derecho de licencia, haremos valer, a nuestra elección, nuestros derechos de garantía frente al fabricante o proveedor por cuenta del cliente o los cederemos al cliente. Los derechos de garantía frente a nosotros por tales defectos sólo existirán bajo las demás condiciones y de conformidad con las Condiciones Generales de Venta si la ejecución legal de los derechos mencionados frente al fabricante o proveedor no ha tenido éxito o es inútil, por ejemplo, debido a insolvencia. Mientras dure la disputa legal, se suspenderá el plazo de prescripción de las reclamaciones de garantía pertinentes del cliente contra nosotros.
Seremos responsables de conformidad con las disposiciones legales si el cliente hace valer reclamaciones por daños y perjuicios basadas en dolo o negligencia grave, incluyendo dolo o negligencia grave por parte de nuestros representantes o auxiliares ejecutivos. En la medida en que no se nos acuse de incumplimiento doloso del contrato, nuestra responsabilidad por daños y perjuicios se limitará a los daños previsibles y típicos.
Seremos responsables de conformidad con las disposiciones legales si incumplimos de forma culposa una obligación contractual esencial; en este caso, sin embargo, nuestra responsabilidad por daños y perjuicios también se limitará a los daños previsibles y típicamente ocurridos.
En la medida en que el cliente tenga derecho a una indemnización por daños y perjuicios en lugar del cumplimiento debido a un incumplimiento negligente de sus obligaciones, nuestra responsabilidad se limitará a la indemnización por los daños previsibles y típicos.
La responsabilidad por daños culposos a la vida, la integridad física o la salud no se verá afectada; esto también se aplica a la responsabilidad obligatoria en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos.
A menos que se estipule lo contrario, la responsabilidad queda excluida.
El plazo de prescripción de las reclamaciones por defectos es de 12 meses, calculado a partir de la transferencia del riesgo. En la medida en que la ley prescriba plazos más largos de conformidad con § 438 Párr. 1 Nº 2 BGB (edificios y objetos para edificios), § 445 b BGB (derecho de recurso) y § 634a Párr. 1 BGB (defectos de construcción), se aplicarán dichos plazos.
Las demás disposiciones obligatorias del recurso de entrega no se verán afectadas.
§ 7 Responsabilidad solidaria
Queda excluida cualquier otra responsabilidad por daños distinta de la prevista en el artículo 6, independientemente de la naturaleza jurídica de la reclamación planteada. Esto se aplica en particular a las reclamaciones por daños y perjuicios derivadas de culpa in contrahendo, otros incumplimientos del deber o reclamaciones extracontractuales de indemnización por daños materiales de conformidad con el § 823 BGB.
La limitación según el párrafo (1) también se aplicará si el cliente exige una compensación por gastos inútiles en lugar de una reclamación por daños y perjuicios.
En la medida en que se excluya o limite nuestra responsabilidad por daños y perjuicios, esto también se aplicará con respecto a la responsabilidad personal por daños y perjuicios de nuestros empleados, trabajadores, personal, representantes y auxiliares ejecutivos.
§ 8 Reserva de dominio
Nos reservamos la propiedad del artículo adquirido hasta la recepción de todos los pagos del contrato de entrega. Si el cliente incumple el contrato, en particular en caso de demora en el pago, tendremos derecho a retirar el objeto de compra. Si retiramos el objeto de compra, ello constituirá una rescisión del contrato. Una vez retirado el objeto de compra, estaremos autorizados a venderlo; el producto de la venta se compensará con las obligaciones del cliente menos los costes de venta razonables.
El cliente está obligado a tratar el objeto de compra con cuidado; en particular, está obligado a asegurarlo adecuadamente a sus expensas contra incendios, daños por agua y robo por su valor de reposición. En caso de que sea necesario realizar trabajos de mantenimiento e inspección, el cliente deberá llevarlos a cabo a su debido tiempo y a sus expensas.
En caso de embargo u otras intervenciones por parte de terceros, el cliente deberá informarnos inmediatamente por escrito para que podamos emprender acciones legales de conformidad con el artículo 771 de la Ley alemana de Enjuiciamiento Civil (ZPO). Si el tercero no está en condiciones de reembolsarnos los costes judiciales y extrajudiciales de una acción conforme al artículo 771 del ZPO, el cliente será responsable de la pérdida sufrida por nosotros.
El cliente está autorizado a revender el objeto de la venta en el curso ordinario de los negocios; sin embargo, por la presente nos cede todas las reclamaciones por el importe de la factura final (IVA incluido) de nuestra reclamación que le correspondan por la reventa frente a sus clientes o terceros, independientemente de si el objeto de la venta se ha revendido sin o después de su procesamiento. El cliente seguirá estando autorizado a cobrar este crédito incluso después de la cesión. Nuestra autorización para cobrar el crédito nosotros mismos no se verá afectada por ello. No obstante, nos comprometemos a no cobrar el crédito mientras el cliente cumpla sus obligaciones de pago con los ingresos recibidos, no se encuentre en mora y, en particular, no se haya solicitado la apertura de un procedimiento de convenio o de insolvencia ni se hayan suspendido los pagos. No obstante, si éste fuera el caso, podremos exigir que el cliente nos informe de los créditos cedidos y de sus deudores, facilite toda la información necesaria para el cobro, entregue los documentos pertinentes e informe a los deudores (terceros) de la cesión.
El procesamiento o remodelación del objeto de la venta por parte del cliente se realizará siempre por nuestra cuenta. Si el objeto de compra se procesa con otros objetos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor del objeto de compra (importe final de la factura, IVA incluido) con respecto a los demás objetos procesados en el momento del procesamiento. En todos los demás aspectos, se aplicará lo mismo a la cosa creada por el procesamiento que a la cosa comprada entregada bajo reserva de dominio.
Si el objeto de compra se mezcla inseparablemente con otros objetos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor del objeto de compra (importe final de la factura, IVA incluido) con respecto a los demás objetos mezclados en el momento de la mezcla. Si la mezcla se realiza de forma que el artículo del cliente se considere el artículo principal, se acuerda que el cliente nos transferirá la copropiedad a prorrata. El cliente conservará para nosotros la propiedad exclusiva o la copropiedad resultante.
El cliente también nos cederá los créditos para garantizar nuestras reclamaciones contra él que surjan frente a un tercero por la combinación del objeto comprado con una propiedad.
Nos comprometemos a liberar las garantías que nos correspondan a petición del cliente en la medida en que el valor realizable de nuestras garantías supere los créditos a garantizar en más de un 10%; la selección de las garantías a liberar correrá por nuestra cuenta.
§9 Disposiciones finales
Si el cliente es un comerciante, nuestro domicilio social es el lugar de jurisdicción; no obstante, también estamos autorizados a demandar al cliente ante el tribunal de su lugar de residencia.
Se aplicará el derecho de la República Federal de Alemania. No se aplicará la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 11 de abril de 1980 (CISG).
Salvo que se indique lo contrario en la confirmación del pedido y si el cliente es un comerciante, el lugar de cumplimiento será nuestro domicilio social.